SUmario del cuestionario
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Preguntas:
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Información
Son aquellas personas que realizan actividades en una obra de forma individual y por cuenta propia, mediante un contrato mercantil suscrito con el promotor, contratista o subcontratistas.
Si usted, autónomo que trabaja en el sector de la construcción, es contratado directamente por el promotor para la realización de la obra o de determinados trabajos en la misma, tendrá la consideración de contratista. Si usted es contratado para realizar alguna parte de la obra directamente por el contratista, tendrá la consideración de subcontratista.
Para conocer la totalidad de sus obligaciones, deberá realizar además el módulo de “contratista” o “subcontratista”, según sea el caso, ubicado en el apartado “Sector de Construcción”.
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Pregunta 1 de 11
1. Pregunta
¿Cumple con lo establecido en el plan de seguridad y salud de la obra?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Es su obligación cumplir con la parte del plan de seguridad y salud que le afecta, para garantizar desarrolla su actividad en las debidas condiciones.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
El empresario que le ha contratado deberá informarle y entregarle la parte del plan de seguridad y salud que recoge los trabajos que va realizar, y que contempla los riesgos y medidas de prevención que debe adoptar para la reducción y eliminación de los riesgos. Es su obligación cumplir con lo establecido en dicho documento y realizar las sugerencias que considere necesarias para realizar los trabajados en las debidas condiciones de seguridad y salud.
Normativa de referencia
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Pregunta 2 de 11
2. Pregunta
¿Se ha adherido por escrito al plan de seguridad y salud?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Descargas
Incorrecto
Debe guardar una copia del acta de adhesión como garantía de que ha recibido el plan de seguridad y salud ante cualquier solicitud de la Autoridad Laboral.
Descargas
Pista de ayuda
Una forma de dejar constancia de que ha recibido el plan de seguridad y salud, es a través del acta de adhesión que recibe junto con la parte del plan que contempla los trabajos que va realizar y que por tanto le afecta. Es el contratista o el subcontratista el responsable de enviarle este documento y usted deberá quedarse con copia del acta de adhesión, la cual irá firmada por la persona responsable de entregarlo y por usted como el responsable de recibirlo, ya que dará garantía no sólo de la información que le han facilitado antes de iniciar los trabajos, sino de que acepta los términos descritos en el mismo y se compromete a cumplir su contenido.
Descargas
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Pregunta 3 de 11
3. Pregunta
Al desarrollar su actividad en la obra ¿aplica los principios preventivos recogidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Deberá adoptar las medidas preventivas necesarias que garanticen la mejora de las condiciones de trabajo.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Al realizar su actividad en la obra debe tener en cuenta los siguientes puntos:- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
- La evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
Todos estos puntos, que definen los principios de la acción preventiva, le indican el cómo y el orden en que se ha de seleccionar las medidas preventivas para efectuar una correcta prevención ante los riesgos de su actividad, por lo que es su deber aplicar estos principios generales y extenderlos a todas las tareas y operaciones que ejecute en la obra.Normativa de referencia
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Pregunta 4 de 11
4. Pregunta
¿Cumple con las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Deberá cumplir con las obligaciones descritas en el anexo IV del RD 1627/97 (ver anexo en el enlace relacionado a la pregunta) cuando así lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Las disposiciones mínimas de seguridad y salud descritas en la normativa para las obras de construcción están relacionadas a:
- Los lugares de trabajo en la obra.
- Los puestos de trabajo en la obra en el interior y exterior de los locales.
El anexo IV del RD 1627/97, describe estas disposiciones mínimas, relacionadas a las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos, espacios de trabajo, así como las condiciones ambientales e higiénicas que deberían cumplir tanto los puestos de trabajo como los lugares de trabajo.
En el enlace relacionado a la pregunta encontrará el anexo con cada uno de los puntos a tener en cuenta en la realización de su actividad en la obra.
Normativa de referencia
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Pregunta 5 de 11
5. Pregunta
En la realización de su actividad en la obra ¿cumple con sus obligaciones como trabajador de la misma?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Como trabajador de la obra, deberá cumplir durante la ejecución de su actividad con las siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales:
- Usar adecuadamente, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualquier otro medio con los que desarrolle su actividad.
- Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
- No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
- Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
- Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Adoptar las medidas de prevención necesarias para velar por su propia seguridad y salud, y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar con su actividad profesional.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Los trabajadores con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán cumplir durante la ejecución de la obra con las siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales:-
Usa adecuadamente, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualquier otro medio con los que desarrolle su actividad.
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Utiliza correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
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No pone fuera de funcionamiento y utiliza correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
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Informa de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
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Contribuye al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
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Coopera con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
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Adopta las medidas de prevención necesarias para velar por su propia seguridad y salud, y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar con su actividad profesional.
Normativa de referencia
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Pregunta 6 de 11
6. Pregunta
¿Utiliza equipos de trabajo que disponga de declaración CE de conformidad, marcado CE, instrucciones de uso y que se ajusten a las disposiciones mínimas establecidas en normativa?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
- Anexo I: Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Anexo II: Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Artículo único. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura (RD 2177/2004)
Incorrecto
Deberá garantizar unos requisitos de seguridad y salud en la utilización de los equipos de trabajo, adquiriendo equipos con marcado CE, declaración CE de conformidad e instrucciones de uso, así como adoptando las medidas necesarias para su adecuación y adaptación a la actividad que realiza.
Normativa de referencia
- Anexo I: Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Anexo II: Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Artículo único. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura (RD 2177/2004)
Pista de ayuda
La normativa en la que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, describe las condiciones y características específicas para su elección, lo qué tener en cuenta en las comprobaciones y mantenimiento para asegurar el buen funcionamiento de los equipos, así como las obligaciones en materia de formación e información sobre su uso cuando lo requiera.
No obstante, debido a la particularidad del equipo, le puede ser de aplicación otra normativa general y específica que también debe cumplir.
El que el equipo disponga de declaración CE de conformidad, marcado CE e instrucciones de uso, asegura que el equipo comercializado cumple con la legislación obligatoria y reúne los requisitos mínimos de seguridad y salud para su utilización, por lo que es fundamental solicite al fabricante esta declaración y documentación, así como el confirmar dicho marcado.
Si adquiere o ha adquirido un equipo de trabajo fabricado antes del 01 de enero de 1995, tal equipo, deberá adecuarse y adaptarse a las disposiciones relativas a la utilización de equipos de trabajo, ya que no contará con dicho marcado CE.
Normativa de referencia
- Anexo I: Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Anexo II: Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo (RD 1215/97)
- Artículo único. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura (RD 2177/2004)
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Pregunta 7 de 11
7. Pregunta
¿Elige, utiliza y mantiene los equipos de protección individual en los términos previstos en la normativa?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Deberá garantizar unos requisitos de seguridad y salud en la utilización de los equipos de protección individual, adquiriendo éstos con marcado CE, declaración CE de conformidad e instrucciones de uso, así como adoptando las medidas necesarias para su adecuación y adaptación a la actividad que realiza.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
La normativa en la que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de protección individual, describe los criterios para su empleo y selección, condiciones que deben reunir los equipos que utilice, lo qué tener en cuenta en su utilización y mantenimiento, así como otras obligaciones sobre su uso que debe cumplir.
El que el equipo disponga de declaración CE de conformidad, marcado CE e instrucciones de uso, asegura que el equipo comercializado cumple con la legislación obligatoria y reúne los requisitos mínimos de seguridad y salud para su utilización, por lo que es fundamental solicite al fabricante esta declaración y documentación, así como el confirmar dicho marcado.Es su obligación utilizar y mantener los equipos de protección individual que requiera en la realización de su actividad.Normativa de referencia
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Pregunta 8 de 11
8. Pregunta
En caso de coincidir con otros trabajadores u empresas en un mismo centro de trabajo ¿cumple con su obligación de cooperación, información y cumplimiento de instrucciones?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
- Art 12.1.d. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (RD 1627/97)
- Art 24. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)
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Incorrecto
Deberá cumplir con sus obligaciones en materia de coordinación de actividades empresariales, como es el deber de cooperación, información y cumplimiento de instrucciones que tiene que llevar acabo respecto a los trabajadores u empresas con los que comparta centro de trabajo.
Normativa de referencia
- Art 12.1.d. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (RD 1627/97)
- Art 24. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)
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- Modelo para comunicar los accidentes de trabajo a los demás empresarios del centro.
- Modelo para registrar la información sobre los riesgos específicos de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo.
Pista de ayuda
Dentro de sus obligaciones de coordinación de actividades empresariales están:
- El informar a los demás trabajadores u empresas sobre los riesgos de su actividad que pueden repercutir en las tareas de los demás.
- El cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales, sobre las normas de seguridad y salud establecidas en el centro de trabajo.
- El comunicar cualquier accidente o situación de emergencia que pueda producirse en el centro.
- El atender las instrucciones que le puedan proporcionar en relación a las medidas preventivas que debe adoptar o cualquier otra acción que deba realizar para favorecer la prevención de los riesgos detectados.
Normativa de referencia
- Art 12.1.d. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (RD 1627/97)
- Art 24. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)
Descargas
- Modelo para comunicar los accidentes de trabajo a los demás empresarios del centro.
- Modelo para registrar la información sobre los riesgos específicos de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo.
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Pregunta 9 de 11
9. Pregunta
¿Cumple durante la realización de su actividad en la obra con las instrucciones dadas por el coordinador de seguridad y salud, o en su caso, por la dirección facultativa?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Deberá cumplir con las medidas preventivas, métodos o procedimientos, que el coordinador de seguridad y salud, o en su caso, la dirección facultativa, pudieran indicar en aplicación a lo dispuesto en el plan de seguridad y salud.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
El coordinador de seguridad y salud, o en su caso, la dirección facultativa, dará instrucciones sobre la aplicación correcta de métodos o procedimientos de trabajo, así como sobre las medidas de prevención que debe adoptar en cada fase de la obra y en aplicación a lo dispuesto en el plan de seguridad y salud. Usted deberá cumplir con estas instrucciones dadas por él, o en su caso, por la dirección facultativa y llevarlas acabo de acuerdo a lo indicado.
Normativa de referencia
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Pregunta 10 de 11
10. Pregunta
¿Cuenta con la formación adecuada para llevar a cabo su actividad en las obras de construcción?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Aunque su formación no se ha regulado explícitamente en la normativa, es conveniente cuente con la formación de su puesto de trabajo acorde a las tareas que va realizar en la obra.
Normativa de referencia
- Apéndice 5, formación preventiva en el sector de la construcción, guía técnica INSST de aplicación al RD 1627/97
- Trabajadores autónomos: Coordinación de actividades preventivas (Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo)
Pista de ayuda
La formación preventiva que han de poseer los trabajadores autónomos, no se ha regulado explícitamente en la normativa de aplicación. No obstante es conveniente, ante una identificación y valoración de los riesgos alta en la realización de sus actividades, cuente con una formación específica en materia de prevención de riesgos laborales.
Igualmente dicha formación, se hace necesaria en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de coordinación de actividades empresariales, ya que la formación en materia de prevención de riesgos laborales le permitirá asumir la información sobre los riesgos a los que está expuesto facilitada por las demás empresas, así como poder dar cumplimiento a las instrucciones dadas por el empresario durante la concurrencia de actividades.
En cualquier caso deberá cumplirse con lo establecido en el plan de seguridad y salud en cuanto a la formación de los autónomos se refiere, y el promotor y el contratista de la obra podrán exigir que disponga de una determinada formación en esta materia.
Normativa de referencia
- Apéndice 5, formación preventiva en el sector de la construcción, guía técnica INSST de aplicación al RD 1627/97
- Trabajadores autónomos: Coordinación de actividades preventivas (Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo)
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Pregunta 11 de 11
11. Pregunta
En caso de fuerza mayor ¿cuenta con la aprobación previa de la dirección facultativa para subcontratar los trabajos que le han encomendado?
Conteste en el recuadro inferior (SI/NO/NP*) *NP: No procede, al no haberse dado el caso de fuerza mayor, ni haber tenido que subcontratar los trabajos.
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Usted no podrá subcontratar los trabajos que le han encomendado sin la aprobación previa de la dirección facultativa.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Usted no podrá subcontratar los trabajos que le han encomendado, ni a otras empresas subcontratistas ni a otros trabajadores autónomos. Sólo podrá extender la subcontratación cuando las circunstancias que lo motivan sean de fuerza mayor y siempre que sea aprobado previamente dichas circunstancias por la dirección facultativa.
Entendiéndose el concepto de fuerza mayor, según el Código Civil, como “aquellos sucesos que no hubieran podido preverse o, que, previstos, fueran inevitables”.
Normativa de referencia