SUmario del cuestionario
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Preguntas:
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Información
Usted se encuentra en esta situación si tiene la capacidad de gestionar el centro de trabajo y contrata servicios o obras diferentes de su propia actividad.
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Pregunta 1 de 10
1. Pregunta
¿Usted contrata un servicio no considerado de su misma actividad? Véase aclaración a la pregunta
Correcto
Continúe con las siguientes preguntas para saber si está cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
No le es de aplicación este módulo
Normativa de referencia
Pista de ayuda
El empresario titular es el empresario que contrata un servicio no considerado de su propia actividad con trabajadores en el centro.
Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades trabajadores de dos o más empresas. Por tanto, se considera empresa concurrente a cada una de las empresas contratistas, subcontratistas o trabajadores autónomos que intervienen simultáneamente en el mismo centro de trabajo durante la ejecución de las actividades.
Normativa de referencia
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Pregunta 2 de 10
2. Pregunta
¿Usted como empresario titular ha informado a las empresas concurrentes de los riesgos del centro?
Conteste en el recuadro inferior (SI/NO/NP*) NP*: no procede,
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
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Incorrecto
Su empresa debe informar a las empresas concurrentes de los riesgos del centro que les puedan afectar, las medidas de prevención correspondientes y de las actuaciones en caso de emergencia.
Normativa de referencia
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Registro entrega información a empresas concurrentes
Pista de ayuda
El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar.
La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos propios del centro de trabajo que sea relevante a efectos preventivos.
La información se facilitará por escrito cuando los riesgos propios del centro de trabajo sean calificados como graves o muy graves.Normativa de referencia
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Registro entrega información a empresas concurrentes
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Pregunta 3 de 10
3. Pregunta
¿Ha dado al resto de empresarios concurrentes instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente
Normativa de referencia
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Modelo para registrar las instrucciones dadas por el empresario a los empresarios concurrentes
Incorrecto
Usted tendrá que dar al resto de empresarios concurrentes instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia.
Normativa de referencia
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Modelo para registrar las instrucciones dadas por el empresario a los empresarios concurrentes
Pista de ayuda
Las instrucciones dadas por el empresario titular del centro de trabajo deberán ser cumplidas por los demás empresarios concurrentes.
1. Recibida la información el empresario titular del centro de trabajo, cuando sus trabajadores desarrollen actividades en él, dará al resto de empresarios concurrentes instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia.
2. Las instrucciones deberán ser suficientes y adecuadas a los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y a las medidas para prevenir tales riesgos.
3. Las instrucciones habrán de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes que sea relevante a efectos preventivos.
4. Las instrucciones se facilitarán por escrito cuando los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes sean calificados como graves o muy graves.Normativa de referencia
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Modelo para registrar las instrucciones dadas por el empresario a los empresarios concurrentes
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Pregunta 4 de 10
4. Pregunta
¿Ha realizado la coordinación de actividades empresariales en el momento adecuado?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente
Normativa de referencia
Incorrecto
Las instrucciones deberá proporcionarlas antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes que sea relevante a efectos preventivos, ante una situación de emergencia y en caso de accidente se comunica inmediatamente.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Las instrucciones habrán de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en
los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes que sea relevante a efectos preventivos.Normativa de referencia
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Pregunta 5 de 10
5. Pregunta
Si su empresa genera riesgos calificados como graves o muy graves, ¿la información de estos riesgos la ha realizado por escrito?
Conteste en el recuadro inferior (SI/NO/NP*) NP*: No procede: No le es de aplicación la pregunta porque su empresa no genera riesgos calificados como graves o muy grave.
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
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Registro de información solicitada a los empresarios concurrentes sobre el centro de trabajo
Incorrecto
Debe facilitar las instrucciones por escrito cuando los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes sean calificados como graves o muy graves.
Aclaración
Sin perjuicio de lo anterior se recomienda, dejar registros por escrito que servirán ante una posible inspección.Normativa de referencia
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Registro de información solicitada a los empresarios concurrentes sobre el centro de trabajo
Pista de ayuda
Algunos ejemplos de empresas que generen riesgos calificados como graves o muy graves son los siguientes:
Se deberá revisar la evaluación de riesgos y comprobar el nivel de riesgo. – Empresas en las que exista riesgo de exposición a radiaciones ionizantes, agentes tóxicos y muy tóxicos, a agentes cancerígenos, mutgénicos o tóxicos para la reproducción, a agentes biológicos de grupos 3 y 4. -Empresas que se dediquen a la fabricación, manipulación y utilización de explosivos(artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengan explosivos).
– Empresas mineras a cielo abierto y de interior (minas, canteras, etc.) y que realicen sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas.
– Empresas del sector de la construcción (cuando hagan excavaciones, movimientos de tierra y túneles).
– Empresas del sector siderúrgico.
– Empresas que produzcan o utilicen gases comprimidos, licuados o disueltos.
– Empresas que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo. – empresas en las que exista riesgo de exposición a radiaciones ionizantes, agentes tóxicos y muy tóxicos, a agentes cancerígenos, mutgénicos o tóxicos para la reproducción, a agentes biológicos de grupos 3 y 4.
– Empresas que se dediquen a la fabricación, manipulación y utilización de explosivos(artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengan explosivos).
– Empresas mineras a cielo abierto y de interior (minas, canteras, etc.) y que realicen sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas.
– Empresas del sector de la construcción (cuando hagan excavaciones, movimientos de tierra y túneles).
– Empresas del sector siderúrgico. – empresas que produzcan o utilicen gases comprimidos, licuados o disueltos.
– Empresas que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo.Normativa de referencia
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Registro de información solicitada a los empresarios concurrentes sobre el centro de trabajo
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Pregunta 6 de 10
6. Pregunta
Usted, empresario concurrente, que desarrolla actividades en un centro de trabajo del que otro empresario sea titular, ¿ha tenido en cuenta la información recibida de éste en la evaluación de los riesgos y en la planificación de su actividad preventiva?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Usted tendrá en cuenta la información recibida de éste en la evaluación de los riesgos y en la planificación de su actividad preventiva.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Los empresarios que desarrollen actividades en un centro de trabajo del que otro empresario sea titular tendrán en cuenta la información recibida de éste en la evaluación de los riesgos y en la planificación de su actividad preventiva a las que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Normativa de referencia
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Pregunta 7 de 10
7. Pregunta
¿Ha comunicado toda situación de emergencia susceptible de afectar a los otros trabajadores presentes?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Usted deberá comunicar toda situación de emergencia susceptible de afectar a los otros trabajadores presentes.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar.
Normativa de referencia
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Pregunta 8 de 10
8. Pregunta
¿Ha informado de los accidentes de trabajo a los demás empresarios presentes en el centro de trabajo?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
«Cuando se produce un accidente laboral, en realidad lo que ha sucedido es que uno o varios riesgos existentes en el lugar del accidente se han materializado. El accidente aboral pone de manifiesto una deficiencia en la evaluación de los riesgos, en concreto en lo referente a la identificación de los peligros, en la falta de determinación del factor de riesgo o de los factores de riesgo que odían materializarlos, la no aplicación de las medidas preventivas establecidas en la evaluación de riesgos o la ausencia o insuficiencia de las mismas. Que el accidente no tenga daños en la salud de los trabajadores, o que quede en un incidente con daños materiales no implica que no deba ser investigado para limitar la posibilidad que vuelva a producirse, y causar daños a los trabajadores.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Cuando se produce un accidente laboral, en realidad lo que ha sucedido es que uno o varios riesgos existentes en el lugar del accidente se han materializado. El accidente laboral pone de manifiesto una deficiencia en la evaluación de los riesgos, en concreto en lo referente a la identificación de los peligros, en la falta de determinación del factor de riesgo o de los factores de riesgo que podían materializarlos, la no aplicación de las medidas preventivas establecidas en la evaluación de riesgos o la ausencia o insuficiencia de las mismas. Que el accidente no tenga daños en la salud de los trabajadores, o que quede en un incidente con daños materiales no implica que no deba ser investigado para limitar la posibilidad que vuelva a producirse, y causar daños a los trabajadores.
Normativa de referencia
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Pregunta 9 de 10
9. Pregunta
¿Se han establecido los medios de coordinación adecuados?
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Su empresa deberá establecer los medios de coordinación adecuados.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Sin perjuicio de cualesquiera otros que puedan establecer las empresas concurrentes en el centro de trabajo, de los que puedan establecerse mediante la negociación colectiva y de los establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales para determinados sectores y actividades, se consideran medios de coordinación cualesquiera de los siguientes:
‐ El intercambio de información y de comunicaciones entra las empresas concurrentes.
‐ La celebración de reuniones periódicas entre las empresas concurrentes.
‐ Las reuniones conjuntas de los comités de seguridad y salud de las empresas concurrentes o, en su defecto, de los empresarios que carezcan de dichos comités con los delegados de prevención. ‐ La impartición de instrucciones ‐ El establecimiento conjunto de medidas específicas de prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes o de procedimientos o protocolos de actuación.
‐ La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos de las empresas concurrentes
‐ La designación de una o más personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas.
Normativa de referencia
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Pregunta 10 de 10
10. Pregunta
¿Se ha informado a los representantes de los trabajadores sobre la coordinación?
Conteste (SI / NO / NP*) *NP : No procede, No le es de aplicación la pregunta ya que en su empresa no cuenta con representantes de los trabajadores
Correcto
Está usted cumpliendo correctamente.
Normativa de referencia
Incorrecto
Su empresa deberá informar a los representantes de los trabajadores sobre la coordinación de actividades empresariales.
Normativa de referencia
Pista de ayuda
Las informaciones necesarias en relación con:
a. Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
b. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c. Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.
Se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
Normativa de referencia